Prevención Riesgos Laborales para empleadas del hogar
14 de Noviembre de 2025

Hoy entra en vigor una nueva obligación legal para todos los empleadores de trabajadoras del hogar (empleados/as domésticas). Esta normativa, establecida por el Real Decreto 893/2024 , equipara la protección de la salud de las empleadas del hogar a la de cualquier otro trabajador. En la práctica, esto significa que se deberá evaluar y prevenir los riesgos laborales en el domicilio. Siendo obligatorio implantar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

El objetivo de la ley es asegurar que las trabajadoras desempeñen su labor en condiciones seguras y dignas, igual que cualquier otro colectivo.

Las obligaciones de prevención de riesgos en el servicio del hogar familiar se pueden resumir en los siguientes puntos principales:

· Realizar una evaluación inicial de riesgos: Se deben evaluar los posibles riesgos para la seguridad y salud de la empleada del hogar en las tareas que realiza en casa.

· Implantar medidas preventivas: deberás tomar medidas para eliminar o reducir ese riesgo.

· Proporcionar equipos de trabajo y protección adecuados: Se deben facilitar a la empleada del hogar las herramientas de trabajo seguras y los equipos de protección individual (EPI) necesarios, sin ningún coste para ella.

· Informar y formar a la trabajadora: La empleada del hogar tiene derecho a ser informada de los riesgos y de las medidas de prevención en su trabajo. Se le entregará una copia de la evaluación de riesgos realizada y del plan de medidas preventivas adoptado. Además, la normativa prevé que reciba una formación en prevención de riesgos al inicio de la relación laboral. Esta formación será general (sobre las tareas domésticas habituales) y se impartirá a través de una plataforma oficial coordinada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).

· Vigilancia de la salud: Otra novedad es que las empleadas del hogar tienen derecho a reconocimientos médicos periódicos (exámenes de salud) de forma voluntaria y gratuita, al menos cada tres años. Estos chequeos serán integrados en el Sistema Nacional de Salud.

· Protección frente a riesgos graves y acoso: La ley reconoce a la trabajadora doméstica el derecho a paralizar su actividad y abandonar el domicilio si percibe un riesgo grave e inminente para su vida o salud. En tal caso, debe comunicártelo de inmediato. Del mismo modo, se refuerza la protección contra la violencia o acoso en el empleo doméstico (incluyendo acoso sexual o discriminatorio). Si la empleada sufre una situación de acoso o malos tratos y decide abandonar el domicilio por su seguridad, ello no se considerará una dimisión ni causa de despido disciplinario.

En resumen, el empleador asume la responsabilidad de la prevención de riesgos en el trabajo doméstico.

Para facilitar a los hogares el cumplimiento de esta nueva normativa, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha desarrollado una plataforma oficial llamada Prevención10. Es un portal online y gratuito.

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Aunque la herramienta Prevención10 es gratuita y está diseñada para ser sencilla, puede que prefieras dejar este asunto en nuestras manos. Nos encargaremos de todo el proceso por ti. Nos ocupamos de realizar la evaluación de riesgos de forma personalizada, rellenando correctamente el cuestionario de Prevención10. Elaboramos el plan de prevención a medida, te asesoramos sobre las medidas que debes implementar e incluso podemos proporcionarte la documentación ya lista para entregar a tu empleado/a. Todo cumpliendo con la normativa vigente al 100% y evitando posibles errores o descuidos.

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